Ayudas a las pymes andaluzas
El Decreto-ley 10/2013 de 17 de diciembre lanza unas nuevas ayudas financieras a las Pymes Industriales andaluzas. Con esta normativa también se aplicarán ayudas para la reconstitución de aquellos ámbitos agrarios que hayan sido dañados por adversidades naturales. La regulación del programa que estipula estas ayudas está dirigida a aquellos sectores industriales que necesiten financiación para inversiones, tener acceso a fórmulas de recapitalización empresarial para modificar sus estructuras financieras, y/o para que se potencien proyectos que estén creciendo en sectores con valor añadido de la economía andaluza. |
¿Cómo funcionan estas ayudas? Se concederán préstamos blandos de recapitalización sometidos a derecho privado en condiciones más propicias que las de mercado, por el tipo de interés, el plazo de amortización, y la no aplicación de comisiones. |
En este Decreto-ley también se regulan las ayudas para financiar las actuaciones precisas para reconstituir el potencial de producción agrario dañado por causas naturales en las explotaciones agrarias; siendo la Medida 126 del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013. Ojo porque sólo se concederán ayudas a las actuaciones que incluyan inversiones materiales e inmateriales. Las inversiones cuyo fin sea sanar el potencial agrícola o ganadero por catástrofes naturales, podrán incluir la plantación y regeneración de plantas permanentes o plurianuales así como la compra de animales vivos. |
Hay que tener en cuenta que las actuaciones subvencionadas no deben haberse iniciado antes de la publicación del extracto del contenido de la resolución de concesión de las ayudas. Sin embargo, la correspondiente Delegación de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente podrá autorizar el comienzo de dichas actuaciones a petición justificada del solicitante. Esto se realizará cuando se haya presentado la solicitud y verificado que no se hayan iniciado las inversiones y emisión del acta de no inicio. |